Que es el Articulo 69-B del Codigo Fiscal
El Articulo 69-B del Codigo Fiscal de la Federacion (CFF) es una disposicion legal que faculta al Servicio de Administracion Tributaria (SAT) para detectar, investigar y publicar a contribuyentes que emiten comprobantes fiscales (facturas) que amparan operaciones inexistentes — es decir, facturas por servicios o bienes que nunca se prestaron ni se entregaron.
Este articulo fue incorporado al CFF en 2014 como parte de la estrategia del gobierno federal para combatir la facturacion falsa, una practica que costaba al erario publico miles de millones de pesos anuales. Desde entonces, el SAT ha identificado a mas de 14,000 contribuyentes involucrados en esquemas de simulacion fiscal.
La importancia de este articulo va mas alla de quienes emiten facturas falsas: tambien afecta directamente a quienes las utilizan para deducir impuestos, incluso si desconocian que su proveedor estaba en la lista.
Que son las EFOS y las EDOS
Dentro del contexto del articulo 69-B, existen dos figuras clave:
- EFOS (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas) — Son los contribuyentes que emiten las facturas falsas. Tambien conocidos como "factureras", son empresas creadas con el unico proposito de vender facturas a terceros para que estos reduzcan artificialmente sus impuestos.
- EDOS (Empresas que Deducen Operaciones Simuladas) — Son los contribuyentes que utilizan esas facturas para deducir gastos o acreditar IVA. Es decir, los compradores de facturas falsas.
Como funciona el procedimiento del 69-B
El SAT sigue un procedimiento especifico antes de catalogar definitivamente a un contribuyente como EFOS:
- Deteccion — El SAT identifica contribuyentes con patrones sospechosos: empresas sin empleados, sin activos, con domicilios fiscales inexistentes, o con volumenes de facturacion desproporcionados a su capacidad operativa.
- Publicacion como "Presunto" — El SAT publica al contribuyente en la lista 69-B con estatus presunto en el Diario Oficial de la Federacion (DOF) y en su portal.
- Plazo para desvirtuar — El contribuyente tiene 30 dias habiles para presentar pruebas ante el SAT que demuestren que sus operaciones si fueron reales (contratos, evidencia de entrega, pagos bancarios, etc.).
- Resolucion — El SAT evalua las pruebas y emite una resolucion:
- Desvirtuado: El contribuyente demostro que sus operaciones fueron reales. Se retira de la lista.
- Definitivo: No logro desvirtuar la presuncion. Sus facturas pierden validez fiscal.
- Sentencia favorable: Un tribunal fallo a favor del contribuyente.
Estatus en la lista 69-B
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Consultar lista 69-BConsecuencias de operar con EFOS
Si tu negocio dedujo facturas de un proveedor que termino en la lista 69-B con estatus definitivo, las consecuencias son severas:
- Rechazo de deducciones — El SAT rechazara todas las deducciones amparadas por facturas del EFOS. Esto significa que deberas pagar la diferencia de ISR e IVA que dejaste de pagar.
- Multas del 55% al 75% — Sobre el monto de las deducciones rechazadas, mas actualizaciones y recargos.
- Presuncion de operaciones simuladas — Tu empresa puede ser catalogada como EDOS, lo que activa una investigacion en tu contra.
- Consecuencias penales — Si el monto supera los $7,804,230 MXN (actualizado a 2026), se configura el delito de defraudacion fiscal equiparada, con posibilidad de prision.
- Bloqueo de sellos digitales — El SAT puede cancelar tus certificados de sellos digitales (CSD), lo que te impide emitir facturas y basicamente paraliza tu negocio.
Que hacer si tu proveedor esta en la lista 69-B
Si descubres que un proveedor con el que has operado aparece en la lista 69-B, sigue estos pasos:
- Verifica el estatus exacto — No es lo mismo "presunto" que "definitivo". Si es presunto, aun puede desvirtuar la presuncion.
- Recopila evidencia de la operacion real — Contratos firmados, ordenes de compra, evidencia de entrega de bienes o servicios, comprobantes de pago bancario, fotografias, correos electronicos. Todo lo que demuestre que la operacion realmente existio.
- Presenta la evidencia ante el SAT — Tienes 30 dias habiles desde la publicacion en el DOF para acudir al SAT y demostrar que las operaciones fueron reales. Si el SAT acepta tus pruebas, podras conservar tus deducciones.
- Consulta a un abogado fiscal — Dado que las consecuencias pueden incluir prision, es fundamental contar con asesoria legal especializada.
- Corrige tu declaracion si es necesario — Si no puedes demostrar la materialidad de las operaciones, lo mejor es presentar declaraciones complementarias eliminando esas deducciones de forma voluntaria, lo que reduce significativamente las multas.
Como consultar la lista 69-B del SAT
Existen varias formas de consultar si un RFC aparece en la lista 69-B:
- Portal del SAT — El SAT publica la lista en formato PDF y archivos descargables en su sitio oficial. Sin embargo, buscar un RFC especifico puede ser lento y complicado.
- Diario Oficial de la Federacion — Las publicaciones originales aparecen en el DOF, pero no tienen un buscador practico.
- MiFiscal — Nuestra herramienta permite consultar al instante cualquier RFC contra la base de datos completa de mas de 14,000 contribuyentes. Ademas, al subir tus XMLs, verificamos automaticamente a todos tus proveedores. Incluye DIOT automatico, contabilidad electronica XML, export CONTPAQi/Aspel, y 20 herramientas fiscales.
Diferencia entre 69-B y 69-B Bis
Es importante no confundir el articulo 69-B con el 69-B Bis:
- 69-B — Se enfoca en los emisores de facturas falsas (EFOS). El SAT identifica y publica a quienes venden facturas.
- 69-B Bis — Se enfoca en los receptores que utilizaron esas facturas (EDOS). Les da la oportunidad de corregir su situacion y autocorregirse fiscalmente.
El 69-B Bis permite a los EDOS corregir voluntariamente su situacion fiscal, pagando las diferencias de impuestos mas recargos, pero sin multas ni consecuencias penales si lo hacen dentro de los plazos establecidos.
Historia y cifras del 69-B
Desde la implementacion del articulo 69-B en 2014, el SAT ha publicado multiples listas de contribuyentes. Algunas cifras relevantes:
- Mas de 14,000 RFCs han sido publicados en la lista 69-B.
- La mayoria tienen estatus definitivo, lo que significa que no pudieron desvirtuar la presuncion.
- El SAT estima que las operaciones simuladas representaban perdidas de mas de $354,000 millones de pesos anuales para el erario.
- Los sectores mas afectados incluyen: servicios de outsourcing, comercio de materiales, servicios profesionales y construccion.
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Consultar la lista 69-B gratisPreguntas frecuentes sobre el 69-B
Si mi proveedor es "presunto", debo dejar de deducir sus facturas?
No necesariamente. El estatus "presunto" significa que esta en investigacion, pero aun no se confirma. Sin embargo, es prudente recopilar toda la evidencia de que las operaciones fueron reales (contratos, pagos, entregas) y monitorear el estatus. Si pasa a "definitivo", necesitaras esa evidencia para defender tus deducciones.
Puedo ir a la carcel por deducir facturas de un EFOS?
Si. Desde 2020, la simulacion de operaciones fiscales esta tipificada como delincuencia organizada cuando el monto supera aproximadamente $7.8 millones de pesos. Las penas pueden llegar hasta 20 anos de prision. Incluso por montos menores, la defraudacion fiscal tiene penas de 3 a 9 anos.
Cada cuanto se actualiza la lista 69-B?
El SAT publica actualizaciones de forma periodica en el DOF y en su portal. No tiene una periodicidad fija, pero en promedio se publican nuevas listas cada 2 a 4 semanas. MiFiscal actualiza su base de datos con cada nueva publicacion del SAT.
Si desvirtue la presuncion, puede el SAT volver a investigarme?
Si. Desvirtuar una presuncion no te da inmunidad permanente. Si el SAT detecta nuevas irregularidades, puede iniciar un nuevo procedimiento. Sin embargo, para el periodo que ya fue desvirtuado, la resolucion es firme.